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EUIPO
Proteja sus marcas, dibujos y modelos en la Unión Europea

Proteja su propiedad intelectual en la Unión Europea.

Solicitud de intervención

 

Con arreglo al Reglamento (UE) n.º 608/2013, una solicitud de intervención (AFA) debe enviarse al departamento aduanero competente designado por el Estado miembro para que las autoridades aduaneras actúen en las fronteras, en nombre del titular del derecho. El propósito principal de la AFA es solicitar a las autoridades aduaneras que retengan las mercancías sospechosas de vulnerar derechos de propiedad intelectual (DPI).
 
Puede suceder que las autoridades aduaneras retengan mercancías sospechosas que no están cubiertas por una AFA válida. En tal caso, el titular, una vez identificado, tiene derecho a enviar una AFA de oficio en un plazo de cuatro días hábiles a partir de la notificación. La AFA de oficio es una versión abreviada de la AFA (no se necesita información sobre la identificación del producto, como, por ejemplo, imágenes).


La EDB ayuda a preparar las AFA para las autoridades aduaneras en cuatro pasos con la información del producto y del DPI introducida previamente en la base de datos. La EDB solo permite enviar la AFA una vez que se hayan completado todos los campos obligatorios de la AFA. El Reglamento (UE) n.º 608/2013 define los campos obligatorios de la EDB.
 
Si al generar una AFA falta información obligatoria, la herramienta muestra automáticamente un enlace al campo correspondiente del sistema para completar la información que falta, ayudando así al usuario en el proceso.
 
La ventaja principal es que la información que figura en una AFA presentada a través de la EDB llega a la base de datos COPIS de las autoridades aduaneras de una manera estructurada y no como un adjunto, se puede buscar y, de esta forma, se puede incluir en los sistemas de análisis de riesgo que usan las autoridades aduaneras.
 
Independientemente de la lengua en la que el titular del derecho o su representante redacte la AFA, el documento se genera en todas las lenguas de los Estados miembros donde la AFA sea aplicable, y se envía a las autoridades aduaneras en la lengua de la aduana que la recibe, así como en inglés, francés y alemán, para evitar así cualquier problema de traducción.


Solo es posible presentar una AFA de la Unión respecto de los derechos de propiedad intelectual basados en la legislación de la Unión aplicable en ese territorio, como las marcas de la UE, los dibujos y modelos comunitarios o las marcas internacionales que designan a la UE, así como las indicaciones geográficas de los productos agrícolas. Por ende, para presentar una AFA de la Unión debe tener alguno de los derechos de PI mencionados. Si desea solicitar la intervención de las autoridades aduaneras en más de un Estado miembro, puede presentar una AFA de la Unión y seleccionar los Estados miembros donde se aplica la AFA.
 
En el supuesto de que desee usar un derecho de PI nacional, deberá presentar una AFA nacional en el Estado miembro correspondiente. Se pueden presentar ambos tipos de AFA a través de la EDB.



Si ha presentado una AFA de la Unión fuera de la EDB, no es necesario que presente una nueva mediante este sistema.
 
No obstante, es importante que complete la información relativa a su empresa, productos y DPI, y la comparta con las autoridades policiales que acceden a la herramienta (porque las AFA solo se envían a las autoridades aduaneras).
 
Si tiene toda la información del producto en la EDB, puede generar una nueva AFA tras el vencimiento de la AFA presentada. La ventaja es que la información de la AFA que se envía a través de la EDB llega a la base de datos COPIS de las autoridades aduaneras de manera estructurada.


Sí, puede solicitar una modificación de su AFA. El Reglamento (UE) n.º  608/2013 permite esta posibilidad, aunque no se ha establecido o puesto a disposición de los titulares de los derechos un formulario estándar para este procedimiento. En caso de modificaciones, tiene que enviar su modificación a la administración de las autoridades aduaneras del Estado miembro otorgante, quien actuará en consecuencia.
 
Haga clic aquí para consultar los detalles de contacto de las autoridades aduaneras de la UE.
 
También podrá consultar los detalles de contacto de las autoridades aduaneras y los agentes de policía en la pestaña «Registro de autoridades aduaneras y agentes de policía» de la EDB:



El país de origen, llamado el «País de envío», es el Estado miembro desde donde la solicitud es enviada y posteriormente otorgada por las autoridades aduaneras nacionales.
 
Todos los demás Estados miembros, además del país de envío donde se requiere la intervención de las autoridades aduaneras, son los «Países aplicables».
 
Una vez que el país de envío haya otorgado una AFA, esta también tiene validez en todos los Estados miembros seleccionados aplicables, en los que el solicitante requiera la intervención de las autoridades aduaneras, con la única condición de que el país aplicable puede solicitar la traducción de la AFA si no ha sido proporcionada. La AFA se generará en las lenguas de estos Estados miembros y en inglés.


Las empresas implicadas en una infracción son aquellas que han sido reconocidas como infractoras o que se sospecha están implicadas en el proceso de vulneración de los DPI. Sus funciones pueden ser las siguientes: importar, fabricar, transportar, expedir, exportar, «Intermediair» (intermediario), expedidor, distribuidor, proveedor y comerciante. Esta información cumple el Reglamento (UE) n.º  608/2013 relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual, pero no se almacena en la EDB por motivos de protección de datos.


Sí, solo se pueden agregar empresas involucradas en una infracción en el tercer paso «Seleccione sus productos» en el momento de presentar una AFA. La información que figura en «Agregue las infracciones de la empresa» no se incluirá en la base de datos por motivos de protección de datos. No obstante, esta información será incluida en la pre-AFA y se enviará de forma electrónica a las autoridades aduaneras.





El último paso del proceso de la AFA es la vista previa de la AFA completa y sus anexos en la lengua seleccionada (la lengua del país de envío o inglés). Esto le permite visualizar el documento de la AFA completo en la pantalla antes de enviarlo.
 
La versión impresa de la pre-AFA está disponible en el cuarto paso del proceso de la AFA.
Puede visualizar o descargar su solicitud antes de enviarla a las autoridades aduaneras.



Puede cargar la cantidad de documentos con información adicional que desee (en formado PDF) en la sección «Documentos adjuntos».
 

No obstante, no se recomienda agregar una cantidad excesiva de documentos adjuntos dado que la información allí cargada no está traducida para las autoridades encargadas de la aplicación ni tampoco se puede buscar desde los archivos PDF.
 
El archivo será visible para las autoridades que acceden a la EDB y si lo ha seleccionado en las opciones de uso compartido del producto. También se envía electrónicamente en la AFA. No se visualiza previamente en el documento de la pre-AFA y en la EDB para no sobrecargar el sistema. Por consiguiente, imprima los documentos adjuntos en la Cartera de documentos del producto y envíelos junto con una copia impresa de la AFA.
 
Los acuerdos de licencia o los poderes con que haya vinculado a la AFA al generarla en la EDB también se podrán visualizar en la AFA, en COPIS.
 
Tenga en cuenta que no se traducirán los adjuntos. Las autoridades aduaneras de los Estados miembros pueden solicitar la traducción de estos adjuntos, pero la AFA no se aplicará en su país a menos que sea presentada.
 
El resto de documentos adjuntos en «Información de la empresa» serán accesibles para las autoridades aduaneras solo en la EDB, no obstante, estos no se envían en la AFA a menos que se trate del poder o del acuerdo de licencia adjuntos a la AFA en el paso 1.

 


Otorgada es el estado final de la pre-AFA y significa que la AFA ha sido otorgada y creada con éxito en el sistema de las autoridades aduaneras. También se encuentra disponible para todos los países solicitados.
La pre-AFA se define por los siguientes estados:
  • Borrador: la pre-AFA ha sido guardada como borrador y todavía no ha sido enviada a las autoridades aduaneras. Cuando la pre-AFA se encuentra en estado de borrador, están disponibles las opciones de Editar y Eliminar. 
  • Generada: la pre-AFA ha sido generada y enviada a las autoridades aduaneras. 
  • Validada: la pre-AFA ha sido validada por el sistema de las autoridades aduaneras. 
  • Pre-AFA rechazada: la pre-AFA no ha sido validada por el sistema de las autoridades aduaneras. 
  • Pre-AFA enviada: la pre-AFA y los adjuntos han sido recibidos satisfactoriamente por las autoridades aduaneras. Conforme al Reglamento (UE) n.º  608/2013 relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual, la autoridad aduanera del país emisor tiene un plazo de 30 días hábiles a partir de la recepción de la solicitud para notificar al titular del derecho de su decisión. 
  • Adjunto de la pre-AFA no disponible: hay un problema en el sistema de las autoridades aduaneras para recuperar los adjuntos. 
  • AFA otorgada: la AFA ha sido creada con éxito en el sistema de las autoridades aduaneras. El ID de la AFA está disponible.


Conforme al Reglamento (UE) n.º 608/2013 relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual, es obligatorio enviar la versión firmada (en papel) de la pre-AFA a las autoridades aduaneras del país de envío.
Cuando envíe su pre-AFA a las autoridades aduaneras en la EDB, recibirá una notificación por correo electrónico con el ID de la pre-AFA y un enlace a los detalles de contacto de las autoridades aduaneras de los Estados miembros para las AFA. La EDB le permite imprimir la pre-AFA para que la firme y envíe a las autoridades aduaneras del país de envío.
Los representantes legales deben además enviar un poder junto con la versión en papel.


Si el país de presentación es Italia, hay que enviar una versión en papel firmada de la pre-AFA a las autoridades aduaneras italianas.
 
En Italia, cuando se envía una pre-AFA a las autoridades aduaneras, esta se carga en el sistema italiano (Falstaff), y se envía una contraseña de un solo uso (OTP) por correo electrónico al punto de contacto indicado en la pre-AFA (el punto de contacto definido en la EDB). Luego, se podrá acceder a la pre-AFA en Falstaff introduciendo el número de identificación (ID) y la OTP recibidos por correo electrónico para insertar la firma electrónica.
 
En la misma pantalla, tiene la opción de regenerar la OTP. Puede encontrar información detallada sobre el sistema italiano en el siguiente enlace al vídeo «02: Come recuperare il codice della PreAFA- scarica il video»:

https://www.agenziadoganemonopoli.gov.it/portale/-/new-national-and-unional-tools-for-enforcement-of-ipri

En España, la pre-AFA se carga en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria española.

https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DB07.shtml

Haga clic en «Formulario de solicitud de intervención de marcas», y, a continuación, con su certificado digital, tendrá que proporcionar el número de identificación (ID) de la pre-AFA. No olvide hacer clic en «Firmar y Enviar» para finalizar el proceso.



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