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EUIPO
Proteja sus marcas, dibujos y modelos en la Unión Europea

Proteja su propiedad intelectual en la Unión Europea.

Procedimiento de registro

Acaba de presentar una solicitud de marca. ¿Qué ocurre a continuación?

Una vez presentada una solicitud, la Oficina de Propiedad Intelectual de la Unión Europea (EUIPO) tramitará su marca para comprobar que es posible registrarla. Hay varias fases.

La cronología es periodo de examen, periodo de oposición y registro. El periodo de examen comienza con la recepción de la solicitud y finaliza con su publicación. El periodo de oposición comienza con la publicación de la solicitud y acaba con el final del plazo de oposición. El registro tiene lugar posteriormente. Luego se publica la marca registrada.

Periodo de examen

Periodo de oposición

Registro

  • Recepción de la solicitud

  • Publicación de la solicitud

  • Fin del periodo de oposición

  • Publicación de la marca registrada

 

¿Qué ocurre durante el periodo de examen?

El siguiente flujo de trabajo le dará una idea general sobre los pasos dados por la EUIPO durante el periodo de examen, los cuales se producen casi de forma simultánea. Podrá seguir en línea la evolución del estado de su solicitud accediendo a la herramienta eSearch o mediante su User Area.

El texto que sigue a continuación hace referencia a las solicitudes presentadas directamente ante la EUIPO. Conozca el procedimiento de registro de solicitudes internacionales que designan a la Unión Europea (UE).

La cronología incluye las siguientes fases: «fecha de presentación», «clasificación», «aspectos formales», «motivos absolutos», «traducción» y «búsqueda». Haga clic en cada una de estas fases para obtener más información. Una vez que hayan finalizado todas las fases, se procederá a publicar la marca.

Periodo de oposición





 
 

Si detectamos un error o debemos informarle de una objeción, le remitiremos una comunicación oficial a su User Area indicando lo que hemos encontrado. Dispondrá usted de dos meses para subsanar las irregularidades y responder. Podrá solicitar una prórroga inicial de dos meses para preparar su respuesta. Por lo general, la primera prórroga se concede automáticamente pero la segunda deberá estar justificada.

En algunos procedimientos, nuestros examinadores se pondrán en contacto por teléfono con los solicitantes (o sus representantes) para disipar dudas simples.

Si creemos que su respuesta no resuelve por completo nuestras dudas, o si no responde, tomaremos una decisión definitiva, que deniegue parcial o totalmente su solicitud o la reivindicación recogida en su solicitud (p. ej. una reivindicación de prioridad). Como alternativa, podremos modificar, en su caso, los datos de su solicitud (por ejemplo, suprimiendo la descripción o añadiendo una reivindicación de color). Recuerde que si el resultado no le satisface, o piensa que se ha producido un error, tiene derecho a interponer un recurso.

Si se deniega su solicitud, siempre puede transformar (Puente de PI) su solicitud de marca de la UE en registros nacionales, si no existe un conflicto.

Si no se formula ninguna objeción, publicaremos su marca en las 23 lenguas oficiales de la UE. Esto significa que haremos público el hecho de que ha solicitado una marca en particular para los productos o servicios especificados

¿Qué ocurre durante el periodo de oposición?

A partir de la fecha de la publicación, los terceros que consideren que su marca no debería registrarse dispondrán de un plazo de tres meses para oponerse.

Normalmente existen dos motivos de oposición

El tercero tiene un derecho anterior (o más de uno) y cree que el suyo, en caso de registrarse, entraría en conflicto con dicho derecho

Para evitar que registre usted su marca, deberán oponerse a ella cumplimentando un formulario y pagando una tasa de 320 EUR. Si se presenta una oposición, su marca estará sujeta a un procedimiento de oposición y deberá ganarlo. Podrá presentarse una oposición en un plazo de tres meses desde la publicación de la marca.
 

El procedimiento de oposición:

Los titulares de las marcas de la UE que ya están en el mercado se oponen a una de cada cinco solicitudes de MUE. La Oficina resuelve estos litigios después de que ambas partes, el solicitante y el oponente, hayan presentado las pruebas y alegaciones. El solicitante podrá reducir el riesgo de oposición buscando posibles conflictos antes de presentar la solicitud.
 

El siguiente diagrama le ofrece una visión general de las distintas fases del procedimiento de oposición:

El procedimiento se inicia con la publicación de la solicitud y finaliza con la publicación de la marca registrada y está compuesto por las siguientes fases: «presentación de la oposición», «examen de admisibilidad», «periodo de reflexión», «parte contradictoria del procedimiento» y «final del procedimiento». Haga clic en cada una de estas fases para obtener más información.

El periodo de reflexión

Periodo de examen

Registro


 

Todas las resoluciones de oposición se publicarán en línea y todas las partes que resulten afectadas negativamente tienen derecho a presentar un recurso.

Si se admite una oposición, siempre puede transformar (Puente de PI) su marca de la UE en registros nacionales, si no existe un conflicto.

Un tercero considera que su marca no debería ser aceptada

El tercero en cuestión puede invocar cualquier «motivo absoluto» que considere adecuado. Por «motivos absolutos» se entienden todos los requisitos que debe satisfacer su marca, como tener carácter distintivo, no descriptivo de la actividad comercial y estar representada gráficamente con claridad. Para oponerse a su marca, el tercero deberá enviar la correspondiente comunicación a la Oficina en la que explique por qué considera que la marca no debería registrarse. Esto es lo que denominamos «observaciones de terceros», que son gratuitas. Sin embargo, se debe utilizar únicamente cuando exista un motivo grave para oponerse a la marca.

Una vez recibidas las observaciones, la Oficina extenderá un justificante a la persona que las ha formulado (el «observador») y las observaciones se comunican al solicitante. El observador no recibirá ninguna otra comunicación de la Oficina. En concreto, no se le informará sobre el resultado de cualquier nuevo examen de su solicitud. No obstante, los observadores que deseen mantenerse al corriente del curso ulterior de la solicitud de marca de la UE en cuestión podrán obtener información sobre el estado en que se halla la solicitud a través de eSearch.

Prueba del registro

Si no se presentan oposiciones ni observaciones de terceros, su marca se registrará y dicho registro se publicará. Esto se lleva a cabo para que los titulares de otras marcas y el público en general sepa que dicha marca en concreto le pertenece.

La publicación del registro es gratuita y se emite un certificado de registro.

Le recomendamos que descargue el certificado dos días después de la publicación. No se emitirá un certificado de registro en copia de papel. Sin embargo, podrán solicitarse copias certificadas o sin certificar del certificado de registro. Esto puede ser necesario si desea reivindicar la prioridad de su marca de la UE. Algunas jurisdicciones aceptarán una referencia a nuestra base de datos (eSearch), mientras que otras pedirán un documento más oficial, que podrá obtenerse solicitando la consulta pública del expediente.

Cómo impugnar una resolución de la Oficina

Las partes que se ven perjudicadas por una resolución final podrán presentar un recurso. La herramienta eAppeal ofrece una única aplicación para presentar un escrito de recurso por vía electrónica. Presentar un recurso es ahora más rápido y fácil que nunca. Puede acceder a eAppeal directamente a través del User Area, en la sección de servicios en línea, a través de nuestra Sección Formularios y Solicitudes , y en la sección «Acciones y comunicaciones» después de acceder al expediente en eSearch Plus.

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