Solicitud de intervención
Puede suceder que las autoridades aduaneras retengan mercancías sospechosas que no están cubiertas por una AFA válida. En tal caso, el titular, una vez identificado, tiene derecho a enviar una AFA de oficio en un plazo de cuatro días hábiles a partir de la notificación. La AFA de oficio es una versión abreviada de la AFA (no se necesita información sobre la identificación del producto, como, por ejemplo, imágenes).
Si al generar una AFA falta información obligatoria, la herramienta muestra automáticamente un enlace al campo correspondiente del sistema para completar la información que falta, ayudando así al usuario en el proceso.
La ventaja principal es que la información que figura en una AFA presentada a través de la EDB llega a la base de datos COPIS de las autoridades aduaneras de una manera estructurada y no como un adjunto, se puede buscar y, de esta forma, se puede incluir en los sistemas de análisis de riesgo que usan las autoridades aduaneras.
Independientemente de la lengua en la que el titular del derecho o su representante redacte la AFA, el documento se genera en todas las lenguas de los Estados miembros donde la AFA sea aplicable, y se envía a las autoridades aduaneras en la lengua de la aduana que la recibe, así como en inglés, francés y alemán, para evitar así cualquier problema de traducción.
En el supuesto de que desee usar un derecho de PI nacional, deberá presentar una AFA nacional en el Estado miembro correspondiente. Se pueden presentar ambos tipos de AFA a través de la EDB.
En la actualidad, no existe una plantilla o formato específicos de un poder aplicable en la UE para las AFA. El documento debe ser conforme con la legislación del país de envío.
No obstante, es importante que complete la información relativa a su empresa, productos y DPI, y la comparta con las autoridades policiales que acceden a la herramienta (porque las AFA solo se envían a las autoridades aduaneras).
Si tiene toda la información del producto en la EDB, puede generar una nueva AFA tras el vencimiento de la AFA presentada. La ventaja es que la información de la AFA que se envía a través de la EDB llega a la base de datos COPIS de las autoridades aduaneras de manera estructurada.
Haga clic aquí para consultar los detalles de contacto de las autoridades aduaneras de la UE.
También podrá consultar los detalles de contacto de las autoridades aduaneras y los agentes de policía en la pestaña «Registro de autoridades aduaneras y agentes de policía» de la EDB:

Todos los demás Estados miembros, además del país de envío donde se requiere la intervención de las autoridades aduaneras, son los «Países aplicables».
Una vez que el país de envío haya otorgado una AFA, esta también tiene validez en todos los Estados miembros seleccionados aplicables, en los que el solicitante requiera la intervención de las autoridades aduaneras, con la única condición de que el país aplicable puede solicitar la traducción de la AFA si no ha sido proporcionada. La AFA se generará en las lenguas de estos Estados miembros y en inglés.

Importante: de acuerdo con el Reglamento (UE) n.º 608/2013 relativo a la vigilancia por parte de las autoridades aduaneras del respeto de los derechos de propiedad intelectual, es obligatorio para las AFA indicar un punto de contacto, para aspectos legales y técnicos, en todos los Estados miembros donde la AFA sea aplicable. El punto de contacto para los aspectos legales y técnicos puede ser la misma persona. En tal caso, se debe seleccionar la opción para aspectos legales y técnicos.
Cuando se retengan mercancías sospechosas, las autoridades aduaneras se pondrán en contacto con el representante de los aspectos legales en relación con las obligaciones y los derechos del titular de la decisión que otorga la solicitud y, en particular, en relación con los aspectos legales de los procedimientos administrativos para la retención de las mercancías sospechosas.
Cuando las mercancías están sujetas a control aduanero con objeto de garantizar el respeto de los DPI, las autoridades aduaneras pueden contactar con el representante de aspectos legales en relación con información acerca de datos específicos y técnicos sobre las mercancías auténticas, la información necesaria para que las autoridades aduaneras puedan reconocer las mercancías infractoras y la información pertinente para las autoridades aduaneras al objeto de efectuar el análisis y la evaluación del riesgo de vulneración del derecho o de los derechos de propiedad intelectual de que se trate.
La versión impresa de la pre-AFA está disponible en el cuarto paso del proceso de la AFA.
Puede visualizar o descargar su solicitud antes de enviarla a las autoridades aduaneras.


No obstante, no se recomienda agregar una cantidad excesiva de documentos adjuntos dado que la información allí cargada no está traducida para las autoridades encargadas de la aplicación ni tampoco se puede buscar desde los archivos PDF.
El archivo será visible para las autoridades que acceden a la EDB y si lo ha seleccionado en las opciones de uso compartido del producto. También se envía electrónicamente en la AFA. No se visualiza previamente en el documento de la pre-AFA y en la EDB para no sobrecargar el sistema. Por consiguiente, imprima los documentos adjuntos en la Cartera de documentos del producto y envíelos junto con una copia impresa de la AFA.
Los acuerdos de licencia o los poderes con que haya vinculado a la AFA al generarla en la EDB también se podrán visualizar en la AFA, en COPIS.
Tenga en cuenta que no se traducirán los adjuntos. Las autoridades aduaneras de los Estados miembros pueden solicitar la traducción de estos adjuntos, pero la AFA no se aplicará en su país a menos que sea presentada.
El resto de documentos adjuntos en «Información de la empresa» serán accesibles para las autoridades aduaneras solo en la EDB, no obstante, estos no se envían en la AFA a menos que se trate del poder o del acuerdo de licencia adjuntos a la AFA en el paso 1.

Cuando envíe su pre-AFA a las autoridades aduaneras en la EDB, recibirá una notificación por correo electrónico con el ID de la pre-AFA y un enlace a los detalles de contacto de las autoridades aduaneras de los Estados miembros para las AFA. La EDB le permite imprimir la pre-AFA para que la firme y envíe a las autoridades aduaneras del país de envío.
Los representantes legales deben además enviar un poder junto con la versión en papel.
En Italia, cuando se envía una pre-AFA a las autoridades aduaneras, esta se carga en el sistema italiano (Falstaff), y se envía una contraseña de un solo uso (OTP) por correo electrónico al punto de contacto indicado en la pre-AFA (el punto de contacto definido en la EDB). Luego, se podrá acceder a la pre-AFA en Falstaff introduciendo el número de identificación (ID) y la OTP recibidos por correo electrónico para insertar la firma electrónica.
En la misma pantalla, tiene la opción de regenerar la OTP. Puede encontrar información detallada sobre el sistema italiano en el siguiente enlace al vídeo «02: Come recuperare il codice della PreAFA- scarica il video»:
https://www.agenziadoganemonopoli.gov.it/portale/-/new-national-and-unional-tools-for-enforcement-of-ipri
En España, la pre-AFA se carga en la Sede Electrónica de la Agencia Tributaria española.
https://www.agenciatributaria.gob.es/AEAT.sede/tramitacion/DB07.shtml
Haga clic en «Formulario de solicitud de intervención de marcas», y, a continuación, con su certificado digital, tendrá que proporcionar el número de identificación (ID) de la pre-AFA. No olvide hacer clic en «Firmar y Enviar» para finalizar el proceso.
